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Cómo impactará la nueva reforma tributaria en los distintos sectores económicos

10 de julio de 2014

Comparación entre el sistema actual y lo que se propone en el protocolo de acuerdo.    


Cómo es el sistema actual:

Las empresas deben pagar el IVA al día 12 del mes siguiente y para tener beneficios impositivos deben acogerse a sistemas específicos (como el 14 bis), asesorándose por contadores especializados.


Qué se propone:

El protocolo de acuerdo de la reforma tributaria señala que se incorpora un incentivo al ahorro para empresas que llevando contabilidad completa tengan ventas hasta 100 mil UF, en virtud del cual se les permitirá reducir de su base imponible (deducción como gasto) de primera categoría, un monto equivalente a: i) 20% de las utilidades que reinviertan, con un límite de cuatro mil UF anuales, cuando opten por el régimen de renta atribuida. ii) 50% de las utilidades que reinviertan, con un límite de cuatro mil UF anuales, cuando opten por el régimen parcialmente integrado. En este caso, los dividendos o retiros por la parte ahorrada no tendrán derecho al crédito de primera categoría, deducible de los impuestos global complementario o adicional, en la proporción correspondiente. También, para acceder al régimen de renta presunta se sube el tope máximo de 2.400 UF de ventas anuales a cinco mil UF para el transporte, nueve mil UF para la agricultura y 17 mil UF para la minería. A la vez, en el artículo 14 TER (pyme) se eleva por dos meses para el pago de IVA en relación con la fecha actual.


Los efectos de la modificación:

Con el aumento de los montos, las rentas presuntas siguen pudiendo ser usadas por el 100% de los transportistas, el 97% de los agricultores y la mayoría de los mineros, indicó el presidente de la Asociación Chilena de Emprendedores (Asech), Juan Pablo Swett.

Swett añadió que con el cambio al IVA, las pymes que venden menos de 100 mil UF pagarán dicho impuesto en un plazo de 75 a 90 días, pues se amplía en 60 días el lapso para cancelarlo respecto del periodo que rige hoy. Esto permitirá a las compañías tener un margen mayor para cumplir con ese gravamen en un contexto donde en ocasiones se ven expuestas a retrasos en los pagos de sus clientes.

Con la legislación futura, las empresas que reinviertan sus utilidades dispondrán de más caja. Por ejemplo, una pyme que hoy tiene ganancia por $150 millones y no está acogida a sistemas específicos, paga $30 millones en impuestos, aunque reinvierta sus utilidades. En el nuevo escenario cancelará $20,5 millones en tributos, indicó Swett.

Otro de los efectos, según el abogado tributario Carlos Boada, es que los empresarios pyme "van a pagar lo que corresponde y quedan liberados del impuesto corporativo". Explicó que si se aplica el 14 TER, no se paga impuesto de primera categoría, solo los tributos finales. Indicó que en el caso de los pequeños empresarios que tenían una media impositiva de 11% a 16%, no tenía sentido obligarlos a pagar primera categoría para después devolverles, pues ello era un gasto innecesario para el dueño de la compañía y un costo administrativo para el Estado.



Prevén alza en valor de gaseosas


Cómo es el sistema actual

Hoy las bebidas analcohólicas tienen un impuesto específico de 13%.



Qué se propone

Con el proyecto de reforma, aquellos productos con azúcar subirán su carga tributaria a 18%, mientras que las gaseosas light lo reducirán a 10%.


Los efectos de la modificación

El incremento de impuesto impactará en el precio. "Los impuestos correctivos buscan justamente elevar el valor de los productos, por lo que un alza es algo previsible", señalaron en Anber, gremio que reúne a los productores de bebidas.

"El acuerdo no es satisfactorio para la industria, ya que no compartimos un aumento en el IABA (Impuesto Adicional a las Bebidas Analcohólicas). Aún no conocemos estudios por parte de la autoridad que demuestren que este tipo de impuestos tiene un efecto frente a la obesidad", aseguraron.

Precios de las bebidas alcohólicas se incrementarían entre 6% y 15%



Cómo es el sistema actual

Actualmente, las cervezas y el vino pagan un impuesto de 15%. Los destilados, en tanto, tienen una tasa de 27%.



Qué se propone

El Ejecutivo propone elevar el impuesto a vinos y cervezas a 22,5%. Para los destilados, en tanto, será un tributo base de 18% más un 0,5% extra por cada grado alcohólico. De esta manera, si se considera una botella de pisco de 35°, el gravamen específico a cancelar llegará a 35,5%.



Los efectos de la modificación

En la industria concuerdan en que este incremento elevará los precios e impactará negativamente en el consumo.

La Asociación de Productores de Cerveza de Chile (Acechi) estima que el alza en el valor del bebestible sería de 6%, mientras que la demanda podría caer un 7%. "Un alza de un 50% en impuesto específico para un segmento que ya contribuye al fisco más que cualquiera de los otros segmentos de la industria es absolutamente desproporcionado y no puede no afectar al consumidor y a la cadena de producción", señaló la gerenta general de Acechi, Ximena Bravo.

Visión similar expresaron en la Asociación de Productores de Pisco. Su presidente, Pelayo Alonso, prevé que si el incremento en la carga tributaria es de 31,4% -considerando que se pasará de un impuesto de 27% a uno de 35,5%-, el alza en los precios debiera ser la mitad, cercano a un 15%. El resto sería absorbido por las mismas compañías, ya que a mayor traspaso a los precios, más alto es el efecto en el consumo. El presidente de la Asociación de Productores e Importadores de Bebidas Espirituosas (Aflechi), Juan Pablo Solís de Ovando, asegura: "Estamos atentos a cómo cerrará definitivamente esta alza a los alcoholes, ya que el precio al consumidor final estará ligado al grado alcohólico que tenga el producto. Calculamos que los valores variarán entre un 8,5% y 15%, considerando que hay licores que tienen entre 35 y 46 grados alcohólicos". Todos concuerdan en que esta modificación afectará inicialmente la inversión, generando estancamiento. Pese a ser contactados, en Vinos de Chile no se refirió al tema.



Automotoras aún en la incertidumbre


Cómo es el sistema actual

Los importadores de vehículos que traen modelos diésel desde países que tienen tratados de libre comercio con Chile están liberados del pago de aranceles. Sus productos tampoco pagan impuestos específicos en el mercado local.



Qué se propone

El proyecto de reforma tributaria plantea aplicar un impuesto a quienes adquieran vehículos diésel menores a dos mil kilos de capacidad de carga. El texto del protocolo de acuerdo señala que se exime del gravamen a los contribuyentes que compren este tipo de automóviles para trabajo.


Los efectos de la modificación

Si se mantiene el impuesto a la compra de modelos diésel, se podrían registrar incrementos de precios de hasta 20% en algunos orígenes y, a la vez, se vulnerarían los tratados de libre comercio, según la Asociación Nacional Automotriz de Chile (ANAC). Pero el presidente del organismo, Álvaro Mendoza, indicó que el texto del protocolo de acuerdo se habría redactado antes de que la entidad gremial expusiera el pasado lunes ante la comisión de Hacienda del Senado. En esa ocasión, el ente automotor propuso que se aplique un impuesto general a todos los vehículos livianos y medianos de acuerdo con su rendimiento. Mendoza espera que esa iniciativa sea considerada en la redacción final de la reforma tributaria.


Subirán precios de viviendas sobre dos mil UF

Cómo es el sistema actual

Las empresas del sector inmobiliario se acogen a un crédito especial de IVA a la vivienda con un límite de costo de construcción de 4.500 UF, deducido el valor del terreno. El máximo absoluto de la franquicia por vivienda es de 225 UF. A la vez, las ventas de casas o departamentos no están sometidas al pago de IVA.



Qué se propone

El crédito especial de IVA se limita a viviendas de dos mil UF de costo de construcción, con tope de 225 UF como franquicia. A la vez, las unidades financiadas, en todo o parte con subsidios habitacionales, no estarán sujetas a aplicación de IVA. Este impuesto sí se aplicará a la venta de viviendas que no tengan ese tipo de beneficio fiscal.

Respecto de la ganancia de capital de una persona por la venta de bienes raíces, no constituirá renta la suma máxima de ocho mil UF de utilidad, independiente del número de inmuebles que tenga o enajene el contribuyente de impuesto global complementario o artículo 42 N° 1.


Los efectos de la modificación

Las ventas de viviendas sin subsidio, que se sitúan en el segmento de precio sobre las dos mil UF, verán alzas de entre 9% y 13%, afirmó el director ejecutivo de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI), Vicente Domínguez. Añadió que se debe esperar la redacción del proyecto para clarificar situaciones como las ventas de viviendas en un mismo edificio, afectas a IVA y otras liberadas de ese impuesto, debido a que serían financiadas con subsidios. La Cámara Chilena de la Construcción indicó que se mantiene el actual impuesto de Timbres y Estampillas para viviendas DFL-2

Fuente: El Mercurio 

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